Recibes una oferta de trabajo, te mandan el contrato y sientes la presión de firmarlo cuanto antes. Es el momento en que más te conviene leerlo con calma — y con criterio. Muchos contratos incluyen cláusulas que limitan tus derechos o que directamente contradicen el Estatuto de los Trabajadores.
La buena noticia: si una cláusula vulnera un derecho laboral mínimo, es nula aunque la hayas firmado. Pero es mucho mejor detectarla antes de que el problema llegue.
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El Real Decreto Legislativo 2/2015 (Estatuto de los Trabajadores) establece derechos mínimos que ningún contrato puede suprimir. Son irrenunciables aunque el trabajador los firme expresamente. Los más relevantes:
| Cláusula | Riesgo | Por qué es problemática |
|---|---|---|
| Jornada ilimitada o "según necesidades" | ALTO | Si no fija horas concretas o permite ampliarlas sin compensación, vulnera el límite de 40 h/semana y el régimen de horas extras. |
| Renuncia a horas extras o compensación | ALTO | Las horas extras deben ser voluntarias y retribuidas (o compensadas con descanso). Cualquier renuncia previa es nula. |
| Pacto de no competencia sin compensación | ALTO | Para ser válido, el pacto de no competencia postcontractual requiere compensación económica adecuada. Sin ella, es nulo. |
| Exclusividad sin retribución adicional | MEDIO | Impedirte trabajar para otros empleadores sin compensar esa limitación puede ser desproporcionado según jurisprudencia. |
| Permanencia mínima con penalización excesiva | MEDIO | Solo es válida si la empresa ha invertido en formación específica del trabajador. La duración y penalización deben ser proporcionales. |
| Modificación unilateral de condiciones | ALTO | El empleador no puede cambiar salario, jornada o funciones de forma unilateral sin seguir el procedimiento del art. 41 ET. |
| Renuncia a indemnización por despido | ALTO | El trabajador no puede renunciar anticipadamente a la indemnización por despido improcedente. Es un derecho irrenunciable. |
| Confidencialidad sin límite temporal ni objeto | BAJO | Una cláusula de confidencialidad sin límite de tiempo ni definición de qué es confidencial puede ser impugnable por indeterminación. |
Es una de las cláusulas más habituales — y más mal redactadas — en contratos de trabajo, especialmente en startups y empresas tecnológicas. Para que sea válido según el art. 21 ET deben cumplirse tres condiciones:
Si en tu contrato hay un pacto de no competencia sin compensación, o que dura 5 años, o que cubre "cualquier actividad relacionada con la tecnología" — es nulo o muy impugnable.
⚠️ Atención: aunque una cláusula sea nula, el empleador podría intentar aplicarla. Si ya firmaste y el contrato incluye algo ilegal, consulta con tu sindicato o un abogado laboralista — en muchos casos la nulidad es automática y no necesitas ir a juicio para hacerla valer.
No todo lo que suena restrictivo es ilegal. Algunas cláusulas son válidas aunque resulten incómodas:
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Sí, siempre. Nadie puede obligarte a firmar. Lo habitual es intentar negociar las cláusulas problemáticas antes de firmar — muchas empresas aceptan modificaciones si se las explicas con fundamento legal. Si la empresa se niega y la cláusula es claramente ilegal, tienes una señal importante sobre cómo van a tratar tus derechos laborales.
Las acciones derivadas del contrato de trabajo prescriben en general a los 12 meses desde que finalizó la relación laboral (art. 59 ET), aunque hay excepciones según el tipo de reclamación. Para cuestiones de seguridad social el plazo puede ser mayor.
El convenio colectivo solo puede mejorar los mínimos del Estatuto de los Trabajadores, nunca reducirlos. Si tu convenio fija un salario superior al SMI, la empresa está obligada a respetarlo aunque el contrato individual diga lo contrario.